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Guía gratuita

Alta de autónomo: Hacienda (036) y Seguridad Social

Dos altas en línea antes de empezar a trabajar por tu cuenta: la declaración censal (modelo 036) en la Agencia Tributaria y el alta en el régimen de autónomos en la Seguridad Social.

Tiempo
1–14 días
Pasos
6–7 pasos
Coste
Gratis · pack 59 €

Los pasos

  1. Qué es darse de alta como autónomo, Paso 1

    Si vas a hacer de forma personal y habitual una actividad económica por tu cuenta, tienes que darte de alta como autónomo, con independencia de lo que ingreses. Son dos altas:

    1. Hacienda: la declaración censal de alta (modelo 036) en la Agencia Tributaria, antes del inicio de tus actividades.
    2. Seguridad Social: el alta en trabajo autónomo, como tarde el mismo día en que empiezas y como mucho 60 días antes. Si te das de alta después de empezar, se considera fuera de plazo.

    Para el alta en la Seguridad Social necesitas el código del IAE de tu alta en Hacienda, así que se hacen en este orden. Si haces varias actividades por tu cuenta, el alta en la Seguridad Social es una sola.

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  2. Si no eres de la UE: necesitas autorización para trabajar por tu cuenta, Paso 2

    Solo en algunas situaciones

    Para darte de alta en la Seguridad Social, si tu país no es de la UE, necesitas tu NIE, tu número de la Seguridad Social (NUSS) y una autorización de residencia y trabajo. Comprueba en tu resolución que te permite trabajar por cuenta propia.

    Si vives fuera de España y quieres venir como autónomo, la vía general es la autorización inicial de residencia temporal y trabajo por cuenta propia: se pide en el consulado español de tu lugar de residencia (modelo EX-07, tasas 790-052 y 790-062), dura un año y se limita a una comunidad autónoma y a un sector. Al llegar tienes tres meses para darte de alta en la Seguridad Social, y después un mes para pedir tu TIE.

    Este pack no tramita la autorización: te guía en las dos altas una vez que la tienes.

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  3. Antes de empezar: lo que necesitas, Paso 3

    Las dos altas se hacen en línea. Ten esto a mano antes de entrar.

    Documentos

    • Cl@ve, certificado electrónico o DNIe con lectorSin ninguno de ellos, otra persona con tu apoderamiento puede presentar el 036 por ti, y la Seguridad Social tiene «Solicitar alta como apoderado».
    • Tu NIE
    • Tu número de la Seguridad Social (NUSS)Solo en algunas situacionesSi no lo tienes, pídelo con el servicio «Solicitar el número de la Seguridad Social».
    • Tu autorización de residencia y trabajo por cuenta propiaSolo en algunas situaciones
    • La actividad: epígrafe del IAE y código CNAEBúscalos con el Buscador de actividades de la Agencia Tributaria.
    • La fecha de inicio y el domicilio de la actividad
    • Una estimación de tus rendimientos netos del añoCon ella eliges la base de cotización (paso «Cuotas»).
    • La mutua colaboradora que elijas
    • Una cuenta bancaria (IBAN) para domiciliar la cuota
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  4. Alta en Hacienda: modelo 036, Paso 4

    Guía de trámite onlineIncluido en el pack · 59 €

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  5. Alta en la Seguridad Social (Import@ss), Paso 5

    Guía de trámite onlineIncluido en el pack · 59 €

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  6. Cuánto pagarás: cuotas, tarifa plana y regularización, Paso 6

    Los autónomos cotizan según sus rendimientos netos. Al darte de alta prevés el promedio mensual de tus rendimientos netos del año y eliges una base de cotización dentro del tramo que le corresponde en la tabla aprobada por ley; si prevés quedar por debajo del tramo 1 de la tabla general, puedes elegir una base de la tabla reducida. En 2026 los tramos van de rendimientos de hasta 670 €/mes (base mínima 653,59 €) a más de 6.000 €/mes (base mínima 1.928,10 €). Cuanto mayor es la base, mayores son las prestaciones. La cuota se carga el último día hábil de cada mes.

    Tarifa plana: si te das de alta por primera vez (o no has estado de alta como autónomo en los 2 años anteriores, 3 si ya la disfrutaste), pagas 80 € al mes durante los primeros 12 meses, más el Mecanismo de Equidad Intergeneracional (0,9 %): 88,64 € en total. Se puede prorrogar 12 meses más si tus rendimientos son inferiores al salario mínimo. Tienes que estar al corriente con la Seguridad Social y Hacienda. Si te das de alta fuera de plazo (después de empezar), no tienes tarifa plana ni ningún otro descuento en la cuota.

    Regularización: la base elegida es provisional. Cuando Hacienda comunica tus rendimientos reales, la Seguridad Social te devuelve lo pagado de más o te pide la diferencia. Puedes cambiar la base hasta seis veces al año con el servicio «Base de cotización y rendimientos». El periodo de tarifa plana no se regulariza.

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  7. Después del alta, Paso 7

    Guarda el justificante del 036 y la resolución del alta en la Seguridad Social; puedes descargar la acreditación de tu alta en Import@ss.

    Tus obligaciones con Hacienda dependen de los regímenes que elegiste. Lo habitual es presentar cada trimestre el IVA (modelo 303) y, en estimación directa, el pago fraccionado del IRPF (modelo 130): del 1 al 20 de abril, julio y octubre, y el cuarto trimestre del 1 al 30 de enero. No tienes que presentar el 130 si al menos el 70 % de tus ingresos profesionales del año anterior tuvo retención de IRPF. Si tributas en módulos (estimación objetiva), el pago fraccionado se presenta con el modelo 131 en lugar del 130. Este pack no los presenta.

    Si tu autorización inicial dependía del alta, tienes un mes desde el alta para pedir tu TIE.

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Leer la guía completaQuién lo necesita, qué llevar y cuánto tarda

Cómo darse de alta como autónomo en España (2026)

Darse de alta como autónomo son dos altas en línea: la declaración censal (modelo 036) en la Agencia Tributaria y el alta en trabajo autónomo en la Seguridad Social.

Quién lo necesita

Toda persona que vaya a hacer de forma personal y habitual una actividad económica por cuenta propia, con independencia de lo que ingrese. Si no eres ciudadano de la UE, necesitas además una autorización de residencia y trabajo que te permita trabajar por tu cuenta, tu NIE y tu número de la Seguridad Social (NUSS).

Qué necesitas

  • Cl@ve, certificado electrónico o DNIe (o una persona con tu apoderamiento).
  • Tu NIE y, si no eres de la UE, tu NUSS y tu autorización.
  • El epígrafe del IAE y el código CNAE de tu actividad (Buscador de actividades de la Agencia Tributaria).
  • La fecha de inicio y el domicilio de la actividad.
  • Una estimación de tus rendimientos netos del año.
  • La mutua colaboradora que elijas y una cuenta bancaria (IBAN) para domiciliar la cuota.

Pasos

  1. Presenta el modelo 036 en la Agencia Tributaria antes de empezar (servicio Censos WEB para primeras altas en la Península y Baleares). El epígrafe del IAE y los regímenes fiscales los eliges tú.
  2. Date de alta en la Seguridad Social en Import@ss antes de empezar o, como tarde, el mismo día, con un máximo de 60 días de antelación. Si te das de alta tarde pierdes los descuentos en la cuota (también la tarifa plana) y te pueden multar. Eliges la base de cotización, los beneficios como la tarifa plana y la mutua.
  3. Guarda los dos justificantes. Presenta tus declaraciones periódicas según los regímenes que elegiste.

Cuánto cuesta

Las dos altas son gratuitas. La cuota mensual a la Seguridad Social depende de tus rendimientos netos (tramos de 2026 desde hasta 670 €/mes a más de 6.000 €/mes). Si es tu primera alta puedes pagar la tarifa plana de 80 € al mes durante 12 meses, 88,64 € con el Mecanismo de Equidad Intergeneracional. La base elegida se regulariza cada año según tus rendimientos reales.

Cuánto tarda

Las dos altas son en línea; no hay un plazo oficial de tramitación.

Fuentes

  • Sede de la Agencia Tributaria: modelo 036 (procedimiento G322) y plazo de la declaración censal.
  • Seguridad Social (Import@ss): alta en trabajo autónomo y guía práctica de trabajo autónomo.
  • Real Decreto 1155/2024, Reglamento de extranjería, artículos 82 a 85 (BOE, texto consolidado).
  • Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones: hoja informativa 14, autorización inicial de residencia temporal y trabajo por cuenta propia.

Fuentes oficiales

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