Guía gratuita
Empadronamiento (alta en el padrón municipal)
Inscríbete en el padrón del municipio donde vives. Es obligatorio para todas las personas que viven en España, no depende de tu situación administrativa y abre la puerta a otros trámites.
- Tiempo
- 1–13 semanas
- Pasos
- 4–6 pasos
- Coste
- Gratis
Los pasos
Qué es el padrón y por qué tienes que inscribirte, Paso 1
El padrón municipal es el registro de las personas que viven en cada municipio, y la inscripción es la prueba de que resides en él. Toda persona que viva en España está obligada a inscribirse en el padrón del municipio donde reside habitualmente; si vives en más de uno, en el que pases más tiempo al año.
Empadronarte no depende de tu situación administrativa: el ayuntamiento no controla si tu residencia en España es legal o no, solo que vives en el domicilio que declaras.
Estar empadronado facilita el acceso a derechos como la asistencia sanitaria pública o la escolarización de los menores, y es un requisito de la mayoría de trámites de extranjería, como el arraigo o la reagrupación familiar.
Reúne los documentos, Paso 2
Lleva los originales en vigor. Cada ayuntamiento concreta qué documentos acepta y puede pedirte otros para comprobar que vives en el domicilio. Si un documento está expedido en el extranjero y no está en castellano, el ayuntamiento puede pedirte una traducción oficial.
Documentos
- Solicitud de empadronamiento de tu ayuntamiento, firmadaCada ayuntamiento tiene su propio modelo (a veces se llama «hoja padronal»). Firma a mano. Si haces el trámite en línea, el formulario es el propio trámite.
- Tarjeta de identidad de extranjero (TIE) o, si no la tienes, pasaporte en vigorSolo en algunas situacionesEl número de ese documento es el que constará en tu inscripción.
- Pasaporte o documento nacional de identidad de tu país en vigorSolo en algunas situacionesSi ya tienes el certificado de registro de ciudadano de la Unión o un NIE, llévalo también.
- Documento que acredite que vives en la viviendaPor ejemplo, el contrato de alquiler en vigor con el último recibo pagado, o la escritura o el contrato de compraventa si eres propietario. El ayuntamiento puede aceptar otros documentos, como una factura de suministros.
- Si vives en casa de otra persona: su autorización por escritoLa firma una persona mayor de edad empadronada en ese domicilio (o quien tiene el contrato o la propiedad), con copia de su documento de identidad. Si no puedes acreditar ningún domicilio, pide ayuda a los servicios sociales de tu ayuntamiento: también se puede empadronar quien vive en una infravivienda o sin techo.
Presenta la solicitud en tu ayuntamiento, Paso 3
Cada ayuntamiento decide cómo se presenta la solicitud: en línea con identificación electrónica (por ejemplo, certificado digital o Cl@ve) o en persona en una oficina municipal, en algunos con cita previa. Busca en la web de tu ayuntamiento el trámite «alta en el padrón» o «empadronamiento».
Consejos para la cita
Lleva los originales de todos los documentos. Si vais a empadronaros varias personas en la misma vivienda, preguntad si podéis hacerlo en una sola solicitud.
Tras la solicitud: resolución y certificado, Paso 4
El ayuntamiento comprueba la solicitud y los documentos y resuelve. Tiene un plazo máximo de tres meses; si en ese plazo no te notifica nada, quedas empadronado a todos los efectos (silencio positivo).
Una vez empadronado, puedes pedir un certificado o volante de empadronamiento, el documento que acredita tu residencia y tu domicilio. Te lo pedirán en muchos trámites, por ejemplo en los de extranjería.
Renueva la inscripción cada dos años, Paso 5
Solo en algunas situaciones
Si no eres ciudadano de la Unión Europea, del Espacio Económico Europeo ni de Suiza, no tienes autorización de residencia de larga duración y no tienes tarjeta de residencia de régimen comunitario (la de familiar de ciudadano de la UE), tu inscripción caduca a los dos años del alta o de la última renovación. La renovación no es automática: tienes que pedirla expresamente en tu ayuntamiento. Si no lo haces, el ayuntamiento puede declarar la caducidad y darte de baja del padrón sin avisarte antes.
Apunta la fecha. Si tienes la residencia de larga duración o la tarjeta de familiar de ciudadano de la UE, no tienes que renovar, pero el ayuntamiento puede comprobar periódicamente que sigues viviendo en el municipio y pedirte que lo confirmes por escrito.
Confirma tu residencia cuando te lo pidan, Paso 6
Solo en algunas situaciones
Como ciudadano de la UE, del EEE o de Suiza no tienes que renovar la inscripción cada dos años, pero el ayuntamiento puede comprobar periódicamente que sigues viviendo en el municipio: cuando tu inscripción tiene más de dos años si no estás inscrito en el Registro Central de Extranjeros, o más de cinco años si lo estás (tienes el certificado de registro de ciudadano de la Unión, el «NIE verde»).
El ayuntamiento puede pedirte que confirmes por escrito que sigues residiendo, o comprobarlo de otra forma (por ejemplo, con la policía local), pero no puede exigirte ir en persona. Responde cuando te lo pidan para mantener tu inscripción al día; algunos ayuntamientos lo llaman renovación.
Leer la guía completaQuién lo necesita, qué llevar y cuánto tarda
Cómo empadronarse en España (2026)
El padrón municipal es el registro de las personas que viven en cada municipio. Estar inscrito es la prueba de que vives allí, y muchos otros trámites lo piden.
Quién tiene que hacerlo
Toda persona que viva en España, en el municipio donde reside habitualmente (si vive en más de uno, en el que pasa más tiempo al año). No depende de tu situación administrativa: el ayuntamiento no comprueba si tu residencia es legal, solo que vives en el domicilio que declaras.
Qué necesitas
- La solicitud de empadronamiento de tu ayuntamiento, firmada (o el formulario en línea).
- Tu documento de identidad en vigor: TIE o, si no la tienes, pasaporte; si eres de la UE, el EEE o Suiza, pasaporte o documento nacional de identidad, y tu certificado de registro o NIE si ya lo tienes.
- Un documento que acredite que vives en la vivienda: contrato de alquiler en vigor con el último recibo, escritura o contrato de compraventa.
- Si vives en casa de otra persona, su autorización por escrito y su documento de identidad.
Si no puedes acreditar ningún domicilio, los servicios sociales de tu ayuntamiento pueden ayudarte: también se empadrona quien vive en una infravivienda o sin techo.
Pasos
- Reúne los documentos.
- Presenta la solicitud en tu ayuntamiento, en línea o en persona (en algunos, con cita previa).
- El ayuntamiento comprueba la solicitud y resuelve.
- Pide el certificado o volante de empadronamiento cuando un trámite te lo pida.
Cuánto cuesta
En Barcelona el alta es gratuita, y en Madrid el certificado de empadronamiento es gratuito. En otros municipios, consulta la web de tu ayuntamiento.
Cuánto tarda
El ayuntamiento tiene como máximo tres meses para resolver; si no te notifica nada en ese plazo, quedas empadronado (silencio positivo).
Renovación
Si no eres ciudadano de la UE, el EEE o Suiza y no tienes residencia de larga duración, tu inscripción caduca a los dos años y tienes que renovarla expresamente. Si no, el ayuntamiento puede darte de baja.
Si eres ciudadano de la UE, el EEE o Suiza no renuevas cada dos años, pero el ayuntamiento puede comprobar periódicamente que sigues viviendo allí: cuando tu inscripción tiene más de dos años si no estás en el Registro Central de Extranjeros, o más de cinco si tienes el certificado de registro de ciudadano de la Unión. Puede pedirte que lo confirmes por escrito, sin obligarte a ir en persona. Responde cuando te lo pidan.
Fuentes
- Resolución de 17 de febrero de 2020 del INE y la DGCAL, instrucciones técnicas sobre la gestión del padrón (BOE-A-2020-4784, texto consolidado).
- Ayuntamiento de Madrid, sede electrónica: empadronamiento y certificado de empadronamiento.
- Ajuntament de Barcelona: alta al padró municipal d'habitants.
Fuentes oficiales
- Resolución de 17 de febrero de 2020 (INE y DGCAL): instrucciones técnicas a los Ayuntamientos sobre la gestión del Padrón municipal (BOE-A-2020-4784, texto consolidado) (se abre en una pestaña nueva)
- Ayuntamiento de Madrid: Padrón Municipal. Empadronamiento (altas y cambios de domicilio) (se abre en una pestaña nueva)
- Ajuntament de Barcelona: Alta al Padró municipal d'habitants (se abre en una pestaña nueva)